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CREA CONGRESO COMISIÓN ESPECIAL PARA LA REFORMA POLÍTICO – ELECTORAL
lunes julio 04, 2016

El pleno del Poder Legislativo aprobó la creación de la Comisión Especial para la Reforma Político-Electoral del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo principal de contar con un espacio parlamentario que permita construir acuerdos, unificar criterios y eficientizar los procesos que tiendan a la modernización y fortalecimiento del Estado en materia político-electoral.

 Así como coadyuvar a una visión puntual y comprometida con las diferentes iniciativas en torno a los temas que se generen, estudien y dictaminen en esta Legislatura, en torno a la materia antes mencionada.

 En el dictamen aprobado se señala que esta comisión se integrará con un representante de cada grupo parlamentario, conforme a las disposiciones aplicables de la Ley Orgánica  del Poder Legislativo  del Estado,  y a propuesta  de los integrantes  de la Junta de Coordinación Política de la LXI Legislatura, debiendo iniciar sus funciones a partir de la aprobación del presente; y debiendo presentar ante el pleno del Congreso del Estado un informe de sus actividades, una vez que éstas concluyan.

Además,  que esta comisión especial tendrá las  atribuciones siguientes:  a) Establecer  y ejecutar  el programa  de trabajo  con el propósito  de revisar,  analizar  y recabar  las propuestas que el permitan cumplir con los objetivos para la que fue creada; b) Identificar  y establecer  los temas prioritarios  respecto  de los cuales deberá versar el análisis  y actualizaciones del marco jurídico en materia político-electoral, desde la Constitución Local, así como de las leyes que de ella emanen que permita, en su caso, reformar el sistema democrático, económico, político, social y electoral en la entidad.

 1.-C) Llevar a cabo reuniones de trabajo, conferencias, consultas ciudadanas, foros, y talleres, entre otros mecanismos, y que estime necesarios para la consecución  de sus fines, con el objeto de recabar propuestas y planteamientos, que se habrán de considerar en las leyes que en materia político-electoral se expidan; para las cuales bastará con la presencia de quien la presida y de uno más de los diputados que la integren; d) Analizar y organizar temáticamente, las propuestas a efecto de que se elabore una iniciativa que planteé  un marco normativo  en materia  político-electoral,  en el que se fortalezca  la participación ciudadana, y e) Realizar, con base en los resultados del programa de trabajo, un anteproyecto de iniciativa de reforma político-electoral del Estado.

 Esta comisión deberá reunirse al menos una vez al mes.  A  las reuniones a que se refiere el párrafo anterior, podrán ser invitados de forma permanente los representantes de los poderes, Ejecutivo y Judicial; el Presidente del Tribunal Electoral del Estado; el Presidente del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana; el Vocal Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral y los representantes de los Partidos Políticos. Adicionalmente, se podrán invitar a personas o agrupaciones que se consideren idóneas para los trabajos de la Comisión. Para el cumplimiento de sus funciones la Junta de Coordinación Política asignará los recursos económicos y materiales necesarios para que la comisión requiera cumpla con su objeto.