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SOLO TAXISTAS QUE CUMPLIERON CON REVISTA 2022 PODRÁN COBRAR NUEVA TARIFA: SCT
martes enero 17, 2023
  • La dependencia anunció que habrá sanciones para las y los taxistas que alteren el taxímetro

Luego del ajuste a las tarifas del servicio de transporte público que se autorizó para el Estado de San Luis Potosí con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor, que entró en vigor a partir del 15 de enero, el Gobierno del cambio a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informó que en lo que respecta a la tarifa del servicio de automóvil de alquiler, solo podrán hacerla efectiva las y los taxistas que cumplieron con el proceso de Mi Revista 2022.

Leonel Serrato Sánchez, titular de la dependencia, informó que solo tendrán acceso al aumento a la tarifa de transporte público las unidades de transporte público que han cumplido con los estándares de calidad y las condiciones a que obliga la Ley de Transporte Público del Estado, para lo cual la SCT identificará a aquellas unidades que han acreditado la revista vehicular, con el holograma distintivo.

“Aquellas unidades que, a la fecha de publicación del acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, no hayan acreditado la revista vehicular del año 2022, o alguna de las anteriores, se regirán bajo la tarifa aplicable para el año 2022, o las anteriores”, expuso el funcionario, quien advirtió que habrá sanciones para taxistas que alteren los taxímetros.

De acuerdo con el ajuste, las tarifas para el servicio de automóvil de alquiler en la zona metropolitana son: banderazo diurno, 14 pesos con 80 centavos; banderazo nocturno, 19 pesos con 20 centavos.

Mientras que Banderazo diurno telefónico y banderazo diurno mediante aplicación, 19 pesos con 20 centavos; banderazo nocturno telefónico y banderazo nocturno mediante aplicación, 23 pesos con ochenta centavos.

Serrato Sánchez agregó que la actualización a las tarifas del servicio de transporte público fue justa y conforme a la legislación vigente, “garantizando que los nuevos costos no afecten la economía familiar, y que permitan la operatividad de las unidades y rentabilidad del servicio concesionado”.